Las imágenes pueden convertirse en uno de los grandes
caballos de batalla del Community Manager en su actividad diaria, pues los
derechos de uso de las mismas son una gran fuente de incertidumbre y problemas
en internet.
Si tu organización tiene la estructura suficiente para
crear y producir todo el contenido visual que necesitas en tu actividad como CM
estás de suerte. Si tu organización te proporciona el presupuesto suficiente
para comprar las imágenes que necesitas en bancos de imágenes, pues también eres
un afortunado. Pero este no es el caso de muchos Community Managers, así que es
importante aclarar algunos aspectos importantes sobre los derechos de autor de
las imágenes en internet, porque aunque a muchos les parecerá increíble, las imágenes no son libres y gratuitas
(a menos que lo indiquen) y no las podemos utilizar como queramos: tienen unos autores que tienen una propiedad
intelectual sobre ellas, y esta genera unos derechos de autor que hay que
respetar.
A todos los gestores de redes sociales o canales
corporativos de forma recurrente nos llega el momento en el que necesitamos
contenido visual para nuestra web, blog, perfiles en redes sociales, etc. Y es
entonces cuando rastreamos la red en busca de las imágenes adecuadas. Pues bien,
hay que ser muy cuidadosos en cómo buscamos esas imágenes y, especialmente, en
dónde las encontramos, pues “No es el medio de difusión lo que define la situación legal
de una obra, sino la legislación vigente y la voluntad expresa de su autor o
creador”. Así que
nuestra fuente puede haber incumplido la ley y nosotros también lo podemos
hacer al seguir sus pasos.
Además, hay que tener en cuenta que para generar los derechos de autor no es necesaria ninguna
inscripción en un registro ni nada similar, la simple creación
de la obra los genera.
Copyright
Para facilitar la identificación de la situación legal
de una obra la legislación internacional prevé identificarlas a nivel gráfico a través de los símbolos de Copyright ©:
Como su nombre indica, el símbolo de Public Domain
permite la libre utilización (generalmente por haber terminado el período de
protección de los derechos de autor). El símbolo más habitual, el copyright, es
el que identifica que una obra tiene derechos vigentes, y finalmente está el
copyleft, que es una variante que indica que el autor permite la alteración de
una obra y la libre distribución de sus copias, pero que también garantiza los
mismos derechos libres para esas versiones modificadas de su obra que generen
terceros.
Licencias Creative Commons
Estas licencias fueron creadas en 2002 por Creative Commons, una corporación sin ánimo de lucro, y a diferencia
de los derechos de autor no se generan solas, sino que sí que requieren la
voluntad expresa del autor para ser creadas.
Nacieron
con la finalidad de que los autores y creadores puedan compartir
voluntariamente su trabajo manteniendo ciertos derechos sobre la obra en
función del tipo de licencia elegida.
Existen 7
tipos de licencias CC que se construyen basándose en cuatro condiciones:
- Reconocimiento
- No Comercial
- Sin obras derivadas
- Compartir Igual
Tipos de
Licencia Creative Commons:
- Dominio público (CC0)
- Reconocimiento (BY)
- Reconocimiento – Compartir Igual (BY-SA)
- Reconocimiento – No Comercial (BY-NC)
- Reconocimiento – Sin Obra Derivada (BY-ND)
- Reconocimiento – No Comercial – Compartir Igual (BY-NC-SA)
- Reconocimiento – No Comercial – Sin Obra Derivada (BY-NC-ND)
Si no quieres tener problemas legales con
los autores de las imágenes que uses y tampoco quieres preocuparte de si el uso
que les das se considera comercial o de si vas a modificar la imagen, lo mejor
es que solo busques obras en dominio público o con CC0 o CC (BY). Pero como el tema da para mucho, si te has
quedado con ganas de saber más te recomiendo que leas este completísimo artículo que publicó sobre el tema Jesús Pérez Serna.
Además en la Diplomatura de Postgrado en Comunicación Online y Gestión de Redes Sociales de la UAB os explicaremos mucho
más sobre el tema y os daremos información para encontrar imágenes libres o
para conseguirlas a un precio muy razonable. Aunque de primeras, si buscáis las imágenes en Google Imágenes, podéis aplicar un filtro para evitaros problemas:
Tenéis que clicar en “herramientas de
búsqueda” después en el submenú “derechos de uso” y finalmente os aparece un
desplegable para aplicar el filtro deseado.
Jordi Bordes Blasco
Profesor de la Diplomatura de Postgrado en Comunicación Online y Gestión de Redes Sociales
Consultor en Marketing Online
JordiBordes.com / @JordiBB
Profesor de la Diplomatura de Postgrado en Comunicación Online y Gestión de Redes Sociales
Consultor en Marketing Online
JordiBordes.com / @JordiBB
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